El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARÓ SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogado Belkis Cenobia Carrero, actuando como apoderada de la parte demandada, contra el auto de fecha 03 de junio de 2008 dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, en el expediente inventariado en ese Tribunal con el N° 7014, donde declaró improcedente por cuanto el auto objeto de apelación no causa gravamen irreparable.