El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO
CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y
por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 14-08-2019 por la abogada
Gloria Buitrago de Arias, apoderada de la demandante Isley Geraldine Vivas Becerra contra
el auto proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 03 de junio de 2019.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha tres (03) de junio de 2019 dictado por el
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
No hay condenatoria en costas.
Queda así REVOCADO el auto apelado.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y
bájese el expediente en la oportunidad correspondiente.