EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano HOMERO GILBERTO BRICEÑO GONZÁLEZ, actuando en su carácter de Presidente y Representante legal de la Firma Mercantil SUPLICLÍNICAS C.A., asistido por el abogado Daniel Eduardo Díaz Valera, contra auto dictado en fecha 1° de julio de 2011 por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial y DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a quien le corresponda, previa distribución. Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circuns.....