EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Antonio Martínez Casanova, con el carácter de apoderado de la parte demandante, en fecha 26 de junio de 2008 contra la sentencia dictada en fecha 09 de junio de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 09 de junio de 2008, que declaró sin lugar la demanda de cobro de bolívares por el procedimiento de intimación.TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandante ciudadano Rodrigo Díaz Rujano de conformidad con el artículo 281 del Código Procesal Civil. Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.