El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación de la parte demandante mediante escrito presentado el seis (06) de julio de 2017, contra la decisión proferida por el a quo el veintiocho (28) de junio de 2017
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada, aunque con motivación diferente, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha veintiocho (28) de junio de 2017.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandante a tenor de los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.