EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano VICTOR MANUEL MENDEZ LIZARAZO, titular de la cédula de identidad N° 4.000.194, asistido por los abogados JOSE MANUEL MEDINA BRICEÑO y YOVANY MANUEL ZAMBRANO USECHE, contra la decisión de fecha 27 de marzo de 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de reivindicación inventariado en ese Tribunal bajo el N° 5824. No hay lugar a costas por haber accionado contra actuaciones judiciales