El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha ocho (08) de octubre de 2019, por el apoderado judicial de las querelladas, ciudadanas María Anna Bertaggia de Sparzza y Adriana María Bertaggia de Gallanti, contra la decisión proferida en fecha 17 de septiembre de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada el diecisiete (17) de septiembre de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte querellada y recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
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