El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SE REVOCA el auto dictado en fecha dieciocho (18) de febrero de 2010 por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que oyó en ambos efectos la apelación interpuesta mediante escrito de fecha cinco (05) de Febrero de 2010, por el abogado Justiniano Herrera Lenis, actuando con el carácter de representante legal del demandado José Vicente Villamizar Neira, contra la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de diciembre de 2009, por el a quo, por no cumplirse lo establecido en el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 2 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial de la República B.....