El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta por los apoderados de la demandante en diligencia de fecha veintidós (22) de septiembre de 2021, contra el fallo del a quo dictado el diecisiete (17) de septiembre de 2021.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha diecisiete (17) de septiembre de 2021.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte apelante conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADO el fallo apelado.