EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada Ruby Xaviera Apolinar, apoderada del demandante, en fecha 03 de mayo de 2007, contra la decisión dictada el 30 de abril de 2007, por la Sala N° 3 del tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO interpuesta por el ciudadano LUIS GONZALO PEREZ GANDICA, contra la ciudadana EMERITA GREGORIANA BARRAGAN MORA, antes identificados, fundamenta en el artículo 185, numeral 3° del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía celebrado en fecha 20 de diciembre de 1996, según acta de matrimonio N° 35 asentada ante la Prefectura del Municipio Seboruco del Estado Táchira. Una .....