EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dieciséis (16) de febrero de 2018 por el abogado Eleiker Andrés Pérez Rivera, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante contra el auto dictado en fecha catorce (14) de febrero de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto proferido en fecha catorce (14) de febrero de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial que declaró inadmisible la querella interdictal interpuesta.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó.....