Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Juan Luís Augusto Suárez Novoa con el carácter de autos, en fecha 22 de febrero de 2008 contra la sentencia dictada en fecha 06 de agosto de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada dictada por el a quo en fecha 06-08-2007 que declaró que al abogado Adolfo Granados García le asiste el derecho a cobrar honorarios profesionales. En consecuencia, una vez quede firme la decisión se continuará con la segunda fase o etapa de retasa.Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.