EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha dos (02) de noviembre de 2017, por la co-apoderada de la parte demandante, abogada Doris Niño de Abreu, contra el auto de fecha treinta (30) de octubre de 2017 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha treinta (30) de octubre de 2017 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que: "negó la admisión de las pruebas promovidas por la parte demandante promovidas de conformidad con lo establecido en el artículo 352 del Código de Procedimiento Civil,... por consiguiente se niega su admisión por improcedente".
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte rec.....