El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Wilmer Maldonado, apoderado de la parte demandada Asociación Civil Javillana, en fecha 22 de mayo de 2006, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 11 de mayo de 2006. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de ejecución de hipoteca intentada por la Sociedad Mercantil Inversiones Rahivar C.A., contra la Asociación Civil Javillana, en fecha 09 de abril de 2003, ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.Queda así CONFIRMADO el fall.....