EL JUZGADO SUPRERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación planteada por el apoderado del actor en fecha veintitrés (23) de noviembre de 2021 contra el fallo emitido por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el día diecinueve (19) de noviembre de 2021.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia proferida en fecha diecinueve (19) de noviembre de 2021 por Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandante recurrente, a tenor del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
NOTIFÍQUESE a las partes.
Quedó así CONFIRMADA la decisión a.....