Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el apoderado de la parte demandante ciudadana Inelzi Moraima García de Contreras, plenamente identificada, en fecha 02 de agosto de 2011. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha veintinueve (29) de julio de 2011 proferida por Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niño. Niña y Adolescente del Estado Táchira. TERCERO: SE CONDENA en costa a la parte demandante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.