PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Humberto Sánchez, apoderado judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 24 abril de 2008.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado José Gregorio Blanco Vera, apoderado judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 24 abril de 2008.
TERCERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por María Victoria Quintero Borbón contra Hender Javier Gómez Vivas, con fundamento en las causales establecidas en los ordinales 1° y 3° del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos en fecha 29 de enero de 2000, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, según consta de acta N° 12 de la misma fecha. De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, remítase copia fotostática certificada de la .....