PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la apelación interpuesta por el apoderado de la parte demandante mediante diligencia de fecha 16 de junio de 2005.
SEGUNDO: DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar sobre dos (2) inmuebles, consistentes en dos (2) locales comerciales, signados con los números 8 y 9, ubicados en la planta baja del Edificio El Márquez, situado en la intersección de la calle 6 con la carrera 6 esquina nor-este de la Parroquia San Sebastián, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, cuya descripción es la siguiente: Local comercial Nº 8: Este local tiene un área aproximada de sesenta y un metros cuadrados con ochenta y dos decímetros cuadrados (61,82 Mts2), consta de un salón y una sala de baño, alinderado así: NORTE: Con el local comercial Nº 9; SUR: Con el local Nº 7; ESTE: Vació interior que da al sótano del estacionamiento del Edificio y OESTE: Fachada oeste del Edificio que da a la carrera 6 (que es su frente); POR ENCIMA: Parte del apartamento Nº 3 del Edifi.....