En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 17 de diciembre de 2012.
SEGUNDO: ANULA la decisión objeto de apelación, dictada en fecha 10 de diciembre de 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, así como todas las actuaciones procesales cumplidas con posterioridad a la misma; debiendo el Juez de la causa pronunciarse sobre la conclusión de la partición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo......