En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana María Carolina Moreno Arenas actuando en su condición de accionista de las sociedades mercantiles Comunicaciones Plaza Miranda C.A., y Casa Vadi San Cristóbal Compañía Anónima; Sonia Amparo Moreno Rangel actuando en su condición de Gerente y accionista de la referida empresa Casa Vadi San Cristóbal Compañía Anónima; Jairo Hernando Moreno Rangel, María Albertina Moreno Rangel, Mireya Emilce Moreno Rangel y Ramsey Alexander Moreno Arenas mediante escrito de fecha 24 de noviembre de 2006 y ratificada en fecha 07 de febrero de 200.....