PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 06 de junio de 2011.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda por cobro de bolívares por el procedimiento de intimación, interpuesta por el ciudadano Luis Enrique Medina Arellano contra la sociedad mercantil Transporte El Venado C.A., representada por el ciudadano Frank Reinaldo Serafini Salas.
TERCERO: Queda CONFIRMADA la decisión apelada, dictada por el Juzgado de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 30 de mayo de 2011.
CUARTO: Dada la naturaleza del presente asunto, no hay condenatoria en costas.