En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado Felipe Orésteres Chacón Medina, con el carácter de apoderado judicial de la demandada Marta Cecilia Jaimes, contra el auto de fecha 22 de marzo de 2013 dictado por el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el expediente N° 4680-12 de su nomenclatura interna, mediante el cual negó la apelación interpuesta contra la decisión de fecha 14 de marzo de 2013.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. En su oportunidad legal, bájese el expediente.