En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 24 de septiembre de 2004, por el abogado Germán José Rico Dávila en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante tercerista Marina Acevedo de Ibarra.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia de fecha 11 de agosto de 2004, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante la cual declaró sin lugar la demanda propuesta por vía de tercería por la ciudadana Marina Acevedo de Ibarra, contra los ciudadanos Aníbal José Rojas y Diana Eugenia Sánchez Martel, en lo que se pretende, es decir, el respeto del derecho de .....