DISPOSITIVA
Vistos los argumentos anteriormente manifestados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE REVOCA el auto apelado de fecha 13 de marzo del 2.023,
SEGUNDO: ORDENA al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, abrir una incidencia conforme al contenido del artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, para resolver lo planteado por el recurrente en escrito de fecha 07 de marzo del 2.023.
TERCERO: No hay condena en costas procesales dada la naturaleza del fallo.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, sellada y refrendada por el Secretario en la Sala de Des.....