PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del ciudadano Héctor Adolfo Delgado León, mediante escrito de fecha 26 de enero de 2009.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 23 de enero de 2009 dictada por la Juez Unipersonal N° 5 Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, que declaró improcedente la acumulación de autos y negó la declinatoria de competencia, solicitadas por las coapoderadas judiciales del ciudadano Héctor Adolfo Delgado León.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.