Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Néstor Darío Velazco Chacón con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Ana Lucía Colasante Mora contra las resoluciones emitidas por la Contraloría Municipal de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira números CM-009-2005 de fecha 19 de mayo de 2005 y CM-019-2005 de fecha 30 de junio de 2005, y DECLINA LA COMPETENCIA en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas. Remítase con oficio en su oportunidad legal.