PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación limitada interpuesta por el abogado Rafael Sánchez Hernández, parte demandante mediante diligencia de fecha 16 de diciembre de 2008.
SEGUNDO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el coapoderado judicial de la parte demandada mediante diligencia de fecha 9 de diciembre de 2008.
TERCERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de cobro de honorarios profesionales judiciales incoada por el abogado Rafael Sánchez Hernández, contra la ciudadana Lasternia Torres viuda de Rojas. Por tanto, se declara el derecho del mencionado abogado Rafael Sánchez Hernández a cobrar honorarios profesionales por las actuaciones cumplidas en el juicio contenido en el expediente N° 4559 de la nomenclatura del extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y especificadas en el libelo de la demanda.
CUARTO: Se ordena pasar la presente causa a la fase ejecutiva del procedimiento, donde e.....