PRIMERO: Declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente procedimiento seguido ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por el ciudadano Danys Alberto Contreras Pérez, por interdicción de su hermano Alberio José Contreras Pérez, desde el auto de admisión de la solicitud dictado el 26 de octubre de 2010, incluyendo la sentencia definitiva consultada, proferida por dicho Tribunal el 12 de agosto de 2011.
SEGUNDO: Decreta la REPOSICIÓN de la presente causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia Civil al que le corresponda conocer, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del expediente, por auto expreso proceda nuevamente a admitir la referida solicitud de interdicción, debiendo ordenar en ese mismo auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 130, 131 ordinal 1°, y 132 del Código de Procedimiento Civil, la notificación por boleta al Fiscal del Ministerio Público competente, a la que.....