PRIMERO: Decretar la NULIDAD del auto de admisión de la demanda efectuado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 16 de septiembre de 2004, así como la notificación al Procurador del Estado Táchira y los actos subsiguientes allí cumplidos en la presente causa.
SEGUNDO: Decretar la NULIDAD de las actuaciones llevadas a cabo por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en la presente causa, con inclusión de la sentencia apelada.
TERCERO: DECLINAR LA COMPETENCIA para el conocimiento y resolución de la presente causa en el Juzgado Superior Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, a los fines de que dé cumplimiento a la nueva admisión de la demanda y consecuente notificación al Procurador del Estado Táchira, conforme a lo orde.....