PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada mediante diligencia de fecha 22 de mayo de 2006.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de ejecución de hipoteca interpuesta por la sociedad mercantil Inversiones Rahivar C.A., contra la Asociación Civil "Javillana". En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora los siguientes conceptos:
1.- La cantidad de ciento cincuenta y siete millones doscientos sesenta y un mil quinientos bolívares (Bs. 157.261.500,00) por concepto del saldo deudor del precio de venta.
2.- La cantidad de treinta y nueve millones trescientos quince mil trescientos setenta y cinco bolívares (Bs. 39.315.375,00) por concepto de la cláusula penal convenida entre las partes, calculada sobre el saldo del precio de venta adeudado, antes señalado.
3.- Se acuerda la indexación sobre las cantidades cuyo pago se ordena, conforme a la variación de los Índices de Precios al Consumid.....