PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Luis Antonio Solano Prada, en su carácter de coapoderado de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 28 de mayo de 2.001.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, según diligencia de fecha 30 de mayo de 2.001.
TERCERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por resarcimiento de daños y perjuicios materiales y morales, incoada por Flor Imelda Hernández Peñaranda, Eddy Xiomara Chacín Muñoz, Francisco José Caro Abreu, Alcira Maritza Torres Mahecha, William Rangel Cáceres e Irma Coromoto Gómez Quiroz contra José del Carmen Guerrero Rodríguez y la sociedad mercantil Línea Circunvalación S.A., San Antonio-Ureña Aguas Calientes.
CUARTO: CONDENA a la parte demandada a pagar a los demandantes las siguientes cantidades de dinero:
1.- A Flor Imelda Hernández Peñaranda, la cantidad de veinte millones veintitrés mil cuatrocientos o.....