DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la Abg. Maurima Molina Colmenares, Juez Provisoria del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil; envíese oficio N° 0570-068, a la Juez inhibida notificándole la decisión para ser revisada por la página web y, en su oportunidad legal, bájese el expediente.
El Juez Provisorio,
Abg. Juan José Molina Camacho
El Secretario,
Abg. Juan Alberto Ochoa Vivas.
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