En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 5 de diciembre de 2012.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión interlocutoria de fecha 29 de noviembre de 2012 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que ordenó la reposición de la causa al estado de librar nuevo cartel de citación a la parte demandada con sujeción a lo previsto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, condena en costas a la parte actora apelante.
Publ.....