Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, concede fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la resolución dictada por la Notaría de Quivicán Roxana Barrios Díaz, Provincia Mayabeque de la República de Cuba, el día 3 de diciembre de 2013, mediante la cual se disolvió el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JAVIER ESTÉVEZ COLUMBIÉ y LLANEYA PADRÓN REYES, el día 9 de enero de 2009, según inscripción que riela al folio 134 del tomo 7 de la sección de matrimonios del registro del estado civil de Quivicán, La Habana, provincia Mayabeque de la República de Cuba.
Publíquese, regístrese y déjese copia fotostática certificada de la misma para el archivo del Tribunal y en su oportunidad legal, archívese el expediente.
Dada, firmada, sellada y ref.....