En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara improcedente in limine litis la presente acción de amparo interpuesta por la ciudadana Maria Magdalena Briceño Galvis asistida por el abogado Maximo Rios Fernández contra las actuaciones realizados por el Juzgado Tercero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en cumplimiento de una sentencia definitiva y firme dictada por el Tribunal Superior Tercero Civil, Mercantil, Tránsito , Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.