PRIMERO: con lugar, la inhibición propuesta por el abogado Miguel José Belmonte, juez titular del juzgado superior tercero en lo civil, mercantil y tránsito de la circunscripción judicial del Estado Táchira, contenida en acta de fecha 09 de junio de 2009, por encontrarse incurso en la causal prevista en el numeral 15° del artículo 82° del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los juzgados superiores en lo civil, mercantil y tránsito y, todos de la circunscripción judicial del estado Táchira. Regístrese, déjese copia fotostática certificada de la presente decisión, conforme lo establece el artículo 248 del código de procedimiento civil y archívese el expediente.