PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, ya identificado, en escrito de fecha 06 de abril de 2009.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ciudadana Beatriz Amelia Jaimes Pernía, en fecha 26 de septiembre de 2007, por motivo de aumento de obligación alimentaria. En consecuencia, SE AUMENTA la obligación de manutención en la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800,oo) mensuales, así mismo, adicionalmente establece la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo), por concepto de cuotas extraordinarias correspondientes a los meses de agosto y diciembre, como aporte de gastos escolares y fin de año, cantidades que deberán ser depositadas en una cuenta de ahorros a favor de los hermanos Pérez Jaimes, los primeros cinco (05) días de cada mes, a partir de la presente fecha.
TERCERO: CONFIRMA el fallo de fecha 22 de octubre de 2008, dictado por el juzgado unipersonal N° 1 de la sala de juicio del tribunal de protección del niño y del adolescente de la.....