En consecuencia se REVOCA la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira de fecha 1 de marzo de 2018, la cual declaró el desistimiento del procedimiento, haciéndose constar el error en que incurrió el juzgado a-quo al declarar desistido el procedimiento, cuando lo correcto era declarar el desistimiento de la acción de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda. Por tanto se ordena la reapertura de la audiencia de juicio, para lo cual el tribunal de la causa deberá fijar día y hora para que se celebre la misma. Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Se declara concluida la audiencia. Se ordena remitir al tribunal aquo.