III
DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado CARLOS MARTÍN GALVIS HERNÁNDEZ, apoderado de la parte actora ciudadano JOSÉ JAVIER RIVERA SIERRA, plenamente identificados en autos, contra la decisión dictada de fecha 13 de diciembre de 2022. Por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de RETARDO PERJUDICIAL interpuesta por por el ciudadano JOSÉ JAVIER RIVERA SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.161.450, representado por el abogado CARLOS MARTÍN GALVIS HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° .....