PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la recusación propuesta por HÉCTOR ADOLFO DELGADO LEÓN, representado por la abogada Daniela Milazzo, contra la Juez Unipersonal N° 5 de la Sala de juicio del Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Abogada MILAGROS DEL VALLE ROJAS DE DURAN, fundamentado en la causal 9° y 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante diligencia de fecha 12 de noviembre del 2008.
SEGUNDO: REMITASE CON OFICIO copia certificada de la presente decisión a Juzgado de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Sala N° 5.