PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana JOSEFA ALCIRA DELGADO DE CAÑAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 3.429.259, contra el ciudadano HUBIERT GARCÍA ARENAS, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de residente N° 81.341.376. En consecuencia, condena al demandado ciudadano Hubiert García, al pago de la suma de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,oo), por concepto de los cánones de arrendamiento no pagados.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Gladys Cañas, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Josefa Delgado de Cañas, contra la sentencia de fecha 01 de junio de 2010, dictada por el juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: REVOCA, la sentencia de fecha 01 de junio de 2010, dictada por el juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial.....