Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del accionante en amparo, mediante diligencia de fecha 13 de agosto de 2013.
SEGUNDO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano VARGAS PICO LUJAN, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 82.208.842 y de este domicilio, contra la ciudadana MARLENE GUERRERO PEREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.022.427. En consecuencia:
1.- Se restituye al demandante en su calidad de tenedor legítimo como arrendatario del inmueble ubicado en .....