Primero: Desistida la apelación interpuesta por la representación de los demandado, contra la decisión de fecha 07 de mayo de 2009, dictada por la Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del tribunal de protección del niño y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira.
Segundo: Confirma la decisión apelada, dictada por la juez unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del tribunal de protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 07 de mayo de 2009.