ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana Amparo Arciniegas de Amaya, ya identificada, contra la sentencia de fecha 03 de marzo de 2009, dictada por la abogada Yittza Contreras Barrueta, jueza del juzgado de primera instancia en lo civil, mercantil y del agrario de la circunscripción judicial del Estado Táchira.