PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano LUIS ALVIDIO AGUILAR CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 2.805.598, domiciliado en la Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, debidamente asistido por el abogado José Gilberto Guerrero.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano LUIS ALVIDIO AGUILAR CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 2.805.598, domiciliado en la Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira.
TERCERO: REVOCA, la sentencia de fecha 08 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró sin lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Luís Alvidio Aguilar Chacón.
CUARTO: ORDENA la entrega del inmueble objeto de la controversia consistente en un inmueble ubicado en la Avenida Franc.....