PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta por la abogada MILAGROS DEL VALLE ROJAS ARAQUE, Jueza Unipersonal N°05 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contenida en acta de fecha 24 de mayo de 2007, para continuar conociendo de la solicitud interpuesta por el ciudadano HÉCTOR GUILLERMO ACEVEDO LUZARDO, por encontrarse incursa en la causal N°18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a las Juezas Unipersonales números 1, 2, 3, 4 y 5 del Tribunal del Protección del Niño y del Adolescente; todas de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.