Primero: Desistida la apelación interpuesta por el abogado Gerson Daniel Moreno Rangel, en fecha 9 de diciembre de 2008, contra la decisión de fecha 2 de diciembre de 2008, dictada por la jueza unipersonal N° 1 de la sala de juicio del tribunal de protección del niño y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira.
Segundo: Confirma la decisión apelada, dictada por la jueza unipersonal N° 1 de la sala de juicio del tribunal de protección del niño y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira.