PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el demandado VÍCTOR MANUEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.216.919, la carrera 15 con calle 13, casa N° 13-54, toldo azul, al lado del auto mercado Don Hugo, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, contra el la decisión de fecha 4 de Noviembre del 2008, en el cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el aumento de la obligación de manutención.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por Juez unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira, en fecha 4 de noviembre del 2008.