PRIMERO: Declara con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano DAVID ALEXIS COMEZAQUIRA, a través de su apoderado judicial, abogado JOSE CLODOMIRO DUARTE, contra el auto de fecha 15 de mayo de 2008, que declaró inadmisible la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoada ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Revoca la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de mayo de 2008.
TERCERO: Ordena al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, se pronuncie sobre la competencia en razón del territorio para conocer del juicio de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoado por el ciudadano DAVID ALEXIS COMEZAQUIRA.