Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: REPONE LA CAUSA al estado de que se cite a la ciudadana MARÍA AUXILIADORA OROZCO DE PERNÍA, en su condición de vendedora en el contrato cuya SIMULACIÓN se demanda, y de ser casada, también al cónyuge de la mencionada ciudadana.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 18 de abril de 2017.
Publíquese, regístrese y déjese copia fotostática certificada conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal, bájese el expediente